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Reglamento de Biblioteca

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REGLAMENTO INTERNO VIGENTE DEL CENTRO DE INFORMACIÓN 

Propósito: Normar las actividades del Centro de Información y los Servicios que proporciona. 

CAPÍTULO I

USUARIOS  

ARTÍCULO I. los maestros, alumnos y demás personal del plantel son usuarios internos. Cualquier otra persona se considera usuario externo.   

CAPÍTULO II

HORARIOS 

ARTÍCULO 2. El horario de atención es de lunes a jueves de 7:30 a 20:30 hrs. y los viernes de 8:00 a 20:00 hrs.   

CAPÍTULO III

SERVICIOS 

ARTÍCULO 3. Préstamo Interno es el uso de material bibliográfico dentro de la sala de lectura, ofreciéndose a todo el usuario que lo requiera sin necesidad de presentar credencial del Centro de información, el usuario únicamente deberá registrar el código del material bibliográfico y su carrera en el libro de usuarios, se recomienda utilizar dicho material un tiempo máximo de 4 horas. 

ARTÍCULO 4. Préstamo Externo es la autorización expresa a los usuarios internos para hacer uso de material bibliográfico fuera de la sala de lectura. Solo el titular de la credencial vigente del Centro de Información podrá  hacer uso de este servicio. 

ARTÍCULO 5. Las obras de consulta: enciclopedias, diccionarios, manuales, directorios, prontuarios, diarios, publicaciones periódicas, material de reserva, tesis y normas no son objeto del préstamo externo. Este material se prestará solo para fotocopia, tres títulos diferentes y una hora como máximo. 

ARTÍCULO 6. Los materiales no mencionados en el Artículo 5 forman parte del Acervo General. 

ARTÍCULO 7. El Acervo General puede ser objeto de préstamo externo máximo dos títulos por dos días. De lunes a jueves. Los materiales prestados en viernes deberán ser entregados de 7 a 9 a.m. el lunes siguiente. 

ARTÍCULO 8. Los préstamos externos admiten una renovación, siempre y cuando no estén solicitados por otro usuario. 

ARTÍCULO 9. Los cubículos para estudio en grupos se prestarán por una hora, pudiendo renovarse una hora más, siempre y cuando no exista otra solicitud previa. El grupo se formará de 4 a 8 personas. 

ARTÍCULO 10. Los servicios especializados se solicitan a la persona encargada de la sección dejando la credencial vigente. 

ARTÍCULO 11. Para hacer uso de los servicios es requisito presentar la credencial vigente del Centro de Información. 

ARTÍCULO 12. No se proporcionarán servicios a usuarios con adeudo.  

CAPÍTULO IV SANCIONES 

ARTÍCULO 13.  Al usuario que muestre indisciplina se le retendrá su credencial por el resto del semestre y se notificará a las autoridades correspondientes para que procedan según la gravedad del caso. 

ARTÍCULO 14. Los retrasos  en la devolución de libros tendrán las siguientes consecuencias:Préstamo Externo:

  • Cada día de retraso ocasionará un día de bloqueo.
  • A partir del 5to día de retraso, se pagará una multa de $10 pesos por día.
  • Más de 30  días de retraso, donará un libro nuevo igual al que le fue prestado, estará exento de multa.

  ARTÍCULO 15. No se autoriza introducir bebidas, alimentos ni fumar dentro del Centro de Información. Además, los alumnos deberán guardar silencio y respetar las recomendaciones generales del lugar, en caso contrario se aplicarán las sanciones marcadas en el Artículo 13. 

ARTÍCULO 16. La mutilación o robo bibliográfico es motivo de reposición de dos obras que requiera el Centro de Información, además de las sanciones indicadas en el reglamento estudiantil. 

ARTÍCULO 17. El Instituto no extenderá documentos oficiales a persona que presente adeudos con este Centro de Información. Además no se les permitirá su reinscripción. 

TRANSITORIO.

Los asuntos no previstos en este reglamento serán resueltos por el Subdirector de Planeación y Vinculación y el Jefe de Centro de Información de este Instituto.

Última actualización el Martes, 11 de Agosto de 2009 20:04  

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